Los NO de las vacaciones de tus trabajadores
Las vacaciones de tus trabajadores es un derecho que nace cada año luego de haber prestado sus servicios por un año ininterrumpido en tu empresa. Por esto las vacaciones solo les corresponden a los trabajadores con un contrato por tiempo indefinido. Se trata de un descanso remunerado por 14 días.
Hay muchas malas prácticas respecto al manejo de las vacaciones que probablemente la veas como “buena y válida” pero realmente representan un riesgo legal para tu negocio. Aquí te comparto lo que no debes hacer cuando se trata de las vacaciones de tus trabajadores:
NO la pagues y permitas que tu trabajador continúe trabajando. Esta práctica es muy común y en la mayoría de los casos es el mismo trabajador que te pide seguir trabajando porque “necesita el dinero”. Esto es un gran NO. La esencia de las vacaciones es que el trabajador tome un descanso, se desconecte por 14 días y vuelva con energías para seguir trabajando. Según el artículo 182 del Código de Trabajo el derecho a vacaciones no puede, en ningún caso, ser objeto de compensación ni de sustitución alguna. Aunque tus trabajadores te lo rueguen, debes de programarles el disfrute de sus vacaciones.
NO se la “descuentes” por días de permisos que el trabajador te solicite. Hay empresas que si un trabajador le pide un permiso para ausentarse un día de sus labores se lo “descuentan” de las vacaciones. Espero que tu no seas uno de esos empleadores. El artículo 185 del Código establece claramente que las vacaciones no pueden ser suspendidas o disminuidas por la inasistencia del trabajador.
NO se la acumules para el año siguiente. Aunque tienes la facultad de posponer el disfrute de las vacaciones de tus trabajadores dependiendo del volumen de trabajo que exista en la empresa, nunca debes de permitir que transcurran más de 6 meses entre la fecha que se genera el derecho a vacaciones y la fecha de disfrute de dichas vacaciones. Debes de programarte para que el trabajador no tenga vacaciones acumuladas de años anteriores.
NO realices ninguna acción en su contra durante las vacaciones. Espero que nunca se te ocurra preavisar a tu trabajador cuando está de vacaciones para “ahorrarte” tener que pagar esos días. El Código expresamente prohíbe el desahucio del trabajador cuando está de vacaciones.
Si has venido realizando alguna de estas prácticas en tu negocio, es momento de empezar a cambiar. Organízate y aplica estos NO para que vivas legalmente tranquilo.
Puedes escribirnos al correo hola@lawgicenlinea.com si tienes alguna otra inquietud o quieres saber cómo podemos ayudarte a organizarte legalmente